Comenzar un nuevo negocio siempre es un desafío. Y puede ser aún más cuesta arriba cuando se hace en un país siendo extranjero. Pero no te desanimes. En este artículo te contaremos cómo crear una empresa en Chile siendo extranjero. Y verás que si bien hay que seguir varios pasos, no es tan complejo como podrás haber imaginado.
En Chile, cualquier persona puede crear una empresa. Ya sean personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras. Independiente de la nacionalidad, y del estatus de visa o residencia. Una persona extranjera sí puede crear una empresa en Chile. A continuación te contamos cómo.
Tipos de constitución de sociedades en Chile
Primero es fundamental entender que en Chile existen diversos tipos de empresa. Es importante que definas cuál es la que más se acomoda a tus necesidades e intereses. Esto siempre debes hacerlo antes de iniciar el proceso de creación de tu empresa. Para esto, te recomendamos consultar con un abogado experto en derecho de la empresa que pueda recomendarte la estructura legal apropiada a tu negocio.
Definir cuál será la forma legal de estructurar el negocio es importante ya que determina la normativa que observará la empresa. Cuál será su forma de administración, quien tomará las decisiones y la manera en que tributará. Inicialmente podemos distinguir dos modos de emprender comercialmente:
- Persona natural: la persona natural desarrolla actividades comerciales a nombre propio, asumiendo los derechos y obligaciones propios de la actividad desarrollada. La responsabilidad del empresario individual es ilimitada, pudiendo llegar a responder con sus bienes personales de las obligaciones o deudas contraídas a raíz de su actividad.
- Persona jurídica: es una entidad jurídica independiente y distinta de los miembros individuales que la forman, capaz de contraer derechos y obligaciones siendo estos reconocidos por el Estado sus derechos y obligaciones.
Nota: Quizás te pueda interesar nuestro artículo que detalla todo lo que debes saber sobre cómo crear una empresa en Chile.
Tipos de empresas bajo modalidad de Persona Jurídica en Chile
La ley chilena ofrece distintos tipos de sociedades. Cada una se adecua a cada negocio en particular. A continuación mencionaremos sus características principales:
Sociedades Comerciales
Sociedad de Responsabilidad Limitada
Es una sociedad de personas en la cual se puede establecer libremente el sistema de administración y representación. En ellas los socios responden limitadamente por el monto de capital que aportan. Los socios pueden ser nacionales o extranjeros, personas naturales o jurídicas, sin que su número pueda ser inferior a dos ni superior a cincuenta. Los derechos de los socios están representados por una cuota y no por acciones.
Sociedad Colectiva Comercial
Son aquellas que se forman para los negocios calificados como actos de comercio según el Código de Comercio. La administración de esta sociedad corresponde de derecho a todos y cada uno de los socios gestores, quienes pueden ejercerla por sí mismos o por medio de delegados. Los socios pueden designar un administrador en la escritura social o en un acto posterior. Los que sean socios colectivos presentes en la escritura social responderán solidariamente de todas las obligaciones legalmente contraídas por la sociedad. Los socios no podrán derogar la responsabilidad solidaridad en las sociedades colectivas.
Sociedad en comandita
En este tipo de sociedad existen dos clases de socios. Los socios gestores son los únicos que tienen la facultad de administración, y responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones sociales. Sus nombres figuran en la razón social. Los socios comanditarios son los socios capitalistas en cuanto al aporte social, y pasivos con relación a la administración de la sociedad. Estos limitan su responsabilidad al monto de sus aportes, y además sus nombres no podrán aparecer en la razón social. Existen las sociedades comanditas simple y por acciones.
Sociedad Anónima
La sociedad anónima es una persona jurídica, siempre de carácter mercantil, la cual está formada por un fondo común consistente en aporte por los accionistas los cuales son solamente responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Las decisiones de carácter orgánico y societario son tomadas por la Junta de Accionistas, mientras que las decisiones de la administración de la misma son tomadas por por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables. Existen las sociedades anónimas abiertas y cerradas.
Sociedades Civiles
- Colectivas Civiles: En las sociedades colectivas civiles los socios responden hasta con su patrimonio personal, la cuota del insolvente grava a los demás socios y los acuerdos por regla general se toman por unanimidad.
- En comandita Civiles: En estas sociedades, los socios gestores o administradores responden hasta por su patrimonio personal, y los comanditarios por su aporte. Tanto la constitución como la disolución de estas sociedades es consensual.
Sociedades Unipersonales
- Empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL): Es una persona jurídica con un patrimonio distinto al del titular. Está formada por una sola persona, pudiendo solamente una persona natural constituir este tipo de sociedades. Las EIRL tienen un patrimonio propio y distinto al del titular. Así, el propietario de la empresa individual responde con su patrimonio y sólo con los aportes efectuados o que se haya comprometido a incorporar. Por su parte, la empresa responde con todos sus bienes por sus obligaciones generadas en el ejercicio de su actividad .
5 pasos para crear una empresa en Chile siendo extranjero
Es importante recordar que no existen restricciones por nacionalidad para formar una sociedad en Chile. Sólo necesitas tener las ganas y la confianza para emprender.
A continuación enumeramos en cinco pasos, el proceso para crear una empresa en Chile siendo extranjero.
1. Obtención de RUT provisorio – RUT para Inversionista Extranjero
Todos los inversionistas extranjeros, ya sean personas naturales o jurídicas, incluyendo aquellos no domiciliados o residentes en Chile, deben obtener un número de identificación fiscal (RUT) del (SII) antes de materializar su inversión. Todos los inversionistas extranjeros que obtienen un RUT deben designar un representante legal para que actúe en su nombre ante las autoridades fiscales. Este representante legal puede ser chileno o de otra nacionalidad, pero debe estar domiciliado o ser residente en Chile.
Requisitos para realizar este trámite
Procedimiento normal:
Este trámite puede ser realizado personalmente por el inversionista extranjero o a través del representante legal domiciliado o residente en Chile. En el primer caso, el inversionista extranjero debe acudir a las oficinas del SII con el representante legal, portando su pasaporte o cédula de identidad, y llenar el Formulario F-4415.
Si el trámite lo realiza el representante legal, el inversionista extranjero deberá otorgarle un poder suficiente para actuar ante el SII y, en particular, para legalizar, completar y firmar el Formulario F-4415, así como para recibir notificaciones y asistir a reuniones con las autoridades tributarias en nombre del inversionista. Este poder puede ser otorgado ante notario público en Chile o en otro país pero, en este último caso, debe ser legalizado de acuerdo a la Convención de la Apostilla de La Haya o por el cónsul chileno en dicho país y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
Procedimiento Simplificado:
Este procedimiento se lleva a cabo directamente por los bancos autorizados y corredores de bolsa que pueden obtener un RUT para los clientes que invierten en Chile para obtener ingresos por la compra y venta de acciones en sociedades anónimas abiertas, sean negociadas regularmente o no, y de instrumentos de renta fija, la intermediación financiera, participaciones en fondos de inversión o determinados contratos.
Además, deberán cumplir con las restricciones propias de este mecanismo simplificado, tales como tipo de inversiones y origen de los fondos (ver detalles en Res. Ex. N° 5412 de 2000, N° 20 de 2001 y N° 47 de 2004).
2. Constitución de la sociedad
Para este paso, es importante que tengas clara la figura societaria que requieres para tu empresa. Puedes contactar a nuestro equipo experto de My Local Partner para que te asesoremos.
3. Inscripción en el Registro de Comercio
Una vez constituida tienes 60 días para inscribir el extracto de la escritura de constitución de la nueva sociedad en el Registro de Comercio del Conservador. La inscripción de la sociedad se realiza directamente en el Conservador de Bienes Raíces que corresponde al domicilio establecido por la sociedad en su escritura.
El proceso demora entre tres y siete días hábiles. Posteriormente debes retirar la “protocolización” de la sociedad (fojas, número de Inscripción y año).
4. Publicación en el Diario Oficial
Debes solicitar a la notaría que envíen el extracto virtual de la constitución de la sociedad al Diario Oficial. El valor de la publicación es de 1 UTM por cada extracto, salvo que el capital social sea inferior a 5.000 UF. En aquel caso la publicación estará exenta de pago.
Si el capital no se menciona en el extracto, este debe ser acreditado con un certificado del Conservador de Bienes Raíces que se debe adjuntar cuando pidas la publicación. Esto demora aproximadamente dos días hábiles.
5. Obtención de RUT de la empresa e inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos
Estos trámites se realizan ante el SII, pudiendo ambos realizarse de forma remota a través de la plataforma online del SII. La generación del RUT de la empresa ha de realizarse una vez la sociedad se encuentre constituida, asignándose un RUT a la persona jurídica, identificándola como contribuyente. El inicio de actividades tiene por objeto dar aviso al SII de que la nueva sociedad iniciará actividades comerciales, informando también el régimen tributario bajo al cual tributará la empresa.
Es importante recordar que deberá contarse con un domicilio autorizado para el desarrollo de las actividades empresariales, el cual debe informarse en este trámite ante el SII, quedando fijado como domicilio tributario.
¿Existen costos adicionales en crear una empresa en Chile siendo extranjero?
Con toda la información de este artículo, solo falta fijarse en los últimos detalles administrativos. A pesar de que sí se puede crear una empresa en Chile siendo extranjero, debéras considerar ciertos montos adicionales a propósito de la constitución de tu nueva sociedad en Chile.
Tienes la opción de constituir tu empresa en un portal web llamado tu empresa en un día. Esta alternativa es gratuita. Sin embargo, es probable que tomando esta opción tengas bastantes dudas. Nuestra recomendación es que sigas el camino tradicional por medio de una escritura pública recibiendo la asesoría de un experto. Si bien toma algo más de tiempo, para futuros trámites o modificaciones corporativas de la empresa, resulta ser más práctico, amigable y menos rígido que el sistema de empresa en un día.
Si eres extranjero y eliges constituir tu empresa en Chile mediante el sistema notarial, debes tener en cuenta lo siguiente:
- Redacción de la escritura de la sociedad y los costos notariales correspondientes.
- Publicación en el Diario Oficial (gratuita para las sociedades de hasta 5.000 UF de Capital).
- La inscripción del extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces.
- Los montos adicionales que deberás considerar a propósito de tu estatus de extranjero, se refieren a la tramitación del RUT de inversionista extranjero.
- Debes considerar los costos de asesoría legal para asegurarte de que abogados expertos supervisen tu proceso.
- Un último costo a considerar, es el domicilio tributario, como se mencionó con anterioridad.
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My Local Partner es una consultora de negocios que cuenta con un equipo de prestigiosos profesionales. My Local Partner está compuesto por abogados y contadores que tienen experiencia empresarial global. Es por esto que conocen las necesidades, preocupaciones e intereses de sus clientes tanto chilenos como extranjeros.
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